Multipropiedad Anterior a 1998
Multipropiedad anterior a 1998: ¿Qué opciones tienen los consumidores?
La multipropiedad es un sistema de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles, generalmente destinados al uso turístico, que otorga a los consumidores unos derechos de aprovechamiento sobre una determinada vivienda durante un periodo de tiempo al año. Este sistema se popularizó en España a finales del siglo XX, y muchos consumidores adquirieron una semana de tiempo compartido en complejos vacacionales como Ogisaka Garden, Parque Denia o Tropical Park.
Sin embargo, muchos de estos contratos o escrituras de multipropiedad se firmaron antes de la entrada en vigor de la Ley 42/1998, el 5 de enero de 1999, que fue la primera normativa que reguló este tipo de productos vacacionales en España. Esta ley estableció una serie de requisitos y garantías para los consumidores, como la limitación de la duración de los contratos a 50 años, la obligación de entregar una información previa y completa al comprador, o la posibilidad de desistir del contrato en un plazo de 10 días.
Los contratos de multipropiedad anteriores a 1998 no se rigen por esta ley, sino por el Código Civil o por las normas de cada comunidad autónoma, y suelen ser de carácter perpetuo o indefinido, lo que implica que los consumidores tienen que seguir pagando unas cuotas de mantenimiento anuales, que suelen aumentar cada año, y que no pueden deshacerse fácilmente de su semana de multipropiedad.
¿Qué opciones tienen entonces los consumidores que quieren cancelar un contrato de multipropiedad anterior a 1998? ¿Es posible anularlo judicialmente? ¿Qué riesgos y ventajas tiene cada alternativa?
La respuesta a estas preguntas no es sencilla, ya que depende de cada caso concreto, y por eso es recomendable contar con el asesoramiento de una empresa fiable y especializada en multipropiedad, como Asesores y Consultores Asociados, que cuenta con un equipo de abogados de multipropiedad expertos en este tipo de casos.
Una de las opciones que se plantean los consumidores es la de demandar la nulidad de su contrato de multipropiedad, basándose en la existencia de algún defecto o vicio que invalide el consentimiento prestado en el momento de la firma, como el error, el dolo, la violencia o la intimidación. Sin embargo, esta opción tiene muchas dificultades y riesgos, ya que hay que probar la existencia de esos defectos, que suelen ser difíciles de acreditar, y además hay que tener en cuenta que el plazo para ejercitar esta acción es de cuatro años desde la firma del contrato, por lo que la mayoría de los contratos anteriores a 1998 estarían ya prescritos. Además, en caso de perder el juicio, el consumidor tendría que hacer frente a las costas judiciales, que pueden ser muy elevadas.
Otra opción que se baraja es la de acogerse a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que en 2015 dictó una sentencia que declaraba nulos de pleno derecho los contratos de multipropiedad a perpetuidad firmados después del 5 de enero de 1999, al considerar que contravenían la Ley 42/1998. Sin embargo, esta opción tampoco es viable para los contratos anteriores a 1998, ya que la ley no es retroactiva, y por tanto no se puede aplicar a los contratos firmados antes de su entrada en vigor. De hecho, hay muchos casos de consumidores que han demandado la nulidad de su contrato anterior a 1998 basándose en esta sentencia, y han visto cómo los tribunales les desestimaban su pretensión y les condenaban al pago de las costas.
La opción más segura y eficaz para cancelar un contrato de multipropiedad anterior a 1998 es la de realizar una desvinculación por cambio de titularidad, que consiste en transmitir la semana de multipropiedad a una tercera persona o entidad, que se hace cargo de las obligaciones derivadas del contrato, como el pago de las cuotas de mantenimiento. Esta opción tiene la ventaja de que no requiere de un procedimiento judicial, sino que se realiza mediante un documento privado o una escritura pública, y que libera al consumidor de forma definitiva de su semana de multipropiedad. Además, esta opción es válida tanto para los contratos de multipropiedad como para las escrituras de propiedad horizontal.
No obstante, para realizar esta opción es necesario contar con una empresa seria y profesional, que garantice que el cambio de titularidad se hace con todas las garantías legales y que el nuevo titular es una persona o entidad solvente y localizable, que cumple con sus obligaciones y que no va a generar problemas al consumidor en el futuro. Por eso, es importante evitar las empresas que ofrecen soluciones milagrosas o que cobran por adelantado sin ofrecer ninguna garantía.
Asesores y Consultores Asociados es una empresa líder en el sector de la multipropiedad, que ofrece la solución Reclamalia, que consiste en una desvinculación por cambio de titularidad con todas las garantías y al mejor precio. Esta empresa cuenta con más de 900 procedimientos de desvinculación realizados con éxito, y con la confianza y satisfacción de sus clientes, que han podido cancelar su contrato de multipropiedad anterior a 1998 de forma rápida, segura y definitiva.
Si usted tiene una semana de multipropiedad anterior a 1998 y quiere cancelar su contrato, no dude en contactar con Asesores y Consultores Asociados, que le ofrecerá un asesoramiento gratuito y personalizado, y le ayudará a encontrar la mejor solución para su caso. No deje pasar más tiempo y libérese de su semana de multipropiedad con la solución Reclamalia.
(1) Contrato Multipropiedad Anterior A 1998. https://www.multipropiedad.es/contrato-multipropiedad-anterior-a-1998/.
(2) Solución A Multipropiedad Anterior A 1998 Por Expertos. https://abogadodemultipropiedad.com/multipropiedad-anterior-a-1998/.
(3) Multipropiedad anterior a 1998: La Mejor Explicación. https://www.afectados-multipropiedad.com/multipropiedad-anterior-a-1998/.
(4) Cancelar Multipropiedad Anterior A 1998: Recomendación. https://www.cancelacion.de/multipropiedad-anterior-a-1998/.
(5) Multipropiedad Anterior A 1998 - Reclamalia. https://www.reclamalia.es/multipropiedad-anterior-a-1998/.